La legislación del PER no va de memorizar artículos, va de saber lo que no puedes hacer sin que te multen o le hagas daño a alguien: el resguardo a la zona de baño, la bandera alfa cuando hay buzos, el vertido prohibido, los papeles a bordo. El examinador sabe que este es el tema menos atractivo, y por eso lo condensa en preguntas muy concretas sobre distancias, valores y documentos. Memorízalas y aquí no se pierden puntos.
1. Las siete zonas de navegación españolas
El Real Decreto 875/2014 clasifica las embarcaciones de recreo en 7 zonas de navegación según su distancia máxima a un refugio. Cada titulación habilita para ciertas zonas. Para el PER lo que hay que saber:
| Zona | Distancia al refugio | Titulación mínima |
|---|---|---|
| 1 | Navegación ilimitada | Capitán de Yate |
| 2 | Hasta 60 millas | Patrón de Yate |
| 3 | Hasta 25 millas | Patrón de Yate |
| 4 | Hasta 12 millas | PER |
| 5 | Hasta 5 millas | PER (con atribución ampliada a Baleares) |
| 6 | Hasta 2 millas | PNB / PER |
| 7 | Aguas protegidas | Sin titulación hasta ciertos límites |
El PER permite navegar por la zona 4, es decir, hasta 12 millas de la costa (en todo el territorio, tras la modificación de 2024), y también hasta Baleares con condiciones específicas de seguridad añadidas. Esto es un cambio reciente respecto a la atribución clásica de 12 millas que aparecía en convocatorias anteriores a 2024 limitada a algunas CCAA.
Para navegación entre península y Baleares con PER hace falta cumplir dos cosas simultáneamente: llevar el equipo de seguridad de la zona de navegación solicitada y haberlo declarado así en el despacho de la embarcación.
2. Distancias a la costa y zonas de baño — la pregunta trampa
Este es el bloque de preguntas concretas donde más fácil es confundirse, porque los números parecen arbitrarios pero son los que marca la legislación. Aprende estos cuatro:
- 200 metros: resguardo mínimo a playas no balizadas. Ninguna embarcación a motor puede acercarse más, a ninguna velocidad.
- 50 metros: resguardo mínimo a costas no balizadas que no sean playas (calas, acantilados, rocas).
- 3 nudos: velocidad máxima dentro del canal balizado de entrada/salida a playas (cuando existe), y en puertos deportivos.
- Dentro de la zona de baño balizada, una embarcación solo puede navegar por los canales señalizados, a velocidad mínima (3 nudos) y con buen gobierno. Las motos náuticas dentro de zona de baño deben dar a los bañistas un resguardo de 50 metros.
3. Bandera Alfa y buzos sumergidos
La bandera «A» (Alfa) del Código Internacional de Señales es blanca y azul con cola dentada. Significa, literalmente según el código: «Tengo buzo sumergido. Manténgase alejado a velocidad reducida». Cuando una embarcación exhibe esta bandera, el resto de buques deben darle un resguardo amplio y pasar a velocidad mínima.
En aguas españolas, una moto náutica o embarcación que vaya a realizar esquí acuático o remolcar a un bañista debe exhibir una bandera roja con franja diagonal blanca, no la bandera A. Esta confusión es pregunta recurrente.
4. MARPOL y vertidos — lo que NO puedes tirar al mar
El Convenio MARPOL 73/78 de la Organización Marítima Internacional (OMI), ratificado por España, regula la prevención de la contaminación por buques. Para embarcaciones de recreo aplica especialmente el Anexo IV (aguas sucias) y el Anexo V (basuras).
Reglas que hay que saber:
- Aguas sucias (WC): prohibido descargar sin tratar a menos de 3 millas de la costa. Con sistema de tratamiento certificado, prohibido a menos de 12 millas en aguas interiores y zonas protegidas. En puerto y marinas: prohibido siempre.
- Plásticos, basura, residuos sólidos: prohibido tirar al mar en cualquier lugar, sin excepción. Hay que almacenarlos a bordo y entregarlos en puerto.
- Hidrocarburos, aceite, combustible: prohibido descargar cualquier cantidad al mar. Incluso un pequeño derrame en sentinas debe ser comunicado a Capitanía Marítima.
- Aguas grises (cocina, ducha): en principio permitido fuera de puerto, pero en Zonas Especialmente Protegidas (ZEPIM) como las Islas Columbretes, Cabrera o el Cabo de Creus, la restricción es más severa.
5. Documentación a bordo
Una embarcación de recreo en España debe llevar a bordo la siguiente documentación, que puede exigir Guardia Civil del Mar o Servicio Marítimo de la Capitanía en cualquier momento:
- Hoja de Asiento o Certificado de Registro — documento que identifica la embarcación y su propietario legal.
- Certificado de Navegabilidad — emitido por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), acredita que la embarcación cumple los requisitos de seguridad.
- Seguro obligatorio de responsabilidad civil — exigible para todas las embarcaciones a motor en España.
- Título de patrón (PER, PNB, PY, CY) — del que esté a cargo del mando, en vigor.
- Rol de despacho y dotación (ROE) — si aplica, para embarcaciones de más de 7 metros o que naveguen fuera de aguas interiores. Lo concede la Capitanía Marítima.
- Licencia de la estación radioeléctrica — si lleva VHF instalada (obligatoria en zonas 1-4).
6. Autoridad marítima en España
Conviene entender quién manda y a quién se reporta:
- Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) — autoridad estatal. Depende del Ministerio de Transportes. Emite títulos, certificados, inscripciones.
- Capitanías Marítimas — órganos periféricos de la DGMM en cada puerto importante. Despachan embarcaciones, inspeccionan, sancionan.
- Salvamento Marítimo (SASEMAR) — servicio estatal de búsqueda y rescate. Centro coordinador en Madrid y centros regionales (los famosos «Tarifa Tráfico», «Palma Radio», «Finisterre Radio»). Llamas al 900 202 202 o por VHF canal 16 en emergencia.
- Guardia Civil del Mar (SEMAR) — policía administrativa marítima. Control de pesca, tráfico, contrabando, inmigración.
- Comunidades Autónomas — competencia en puertos deportivos (no de interés general), deportes náuticos, vigilancia de playas y navegación en aguas interiores.
Punto fino de examen: el Centro Nacional de Coordinación de Salvamento está en Madrid. Las llamadas operativas las recibe el Centro Regional más cercano, no Madrid directamente.
7. Infracciones y sanciones
La Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto Legislativo 2/2011) clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Algunos ejemplos típicos:
- Leves: incumplir normas de señalización, no llevar alguna documentación menor a bordo. Multa de 60 a 60.000 €.
- Graves: navegar sin seguro, superar la velocidad en zona de baño, descargar residuos, no atender una llamada de socorro. Multa de 60.001 a 601.000 €.
- Muy graves: abandono de embarcación con peligro, contaminación grave dolosa, navegar sin titulación habilitante. Multa de 601.001 a 3.000.000 €.
El examen no pregunta cifras pero sí pregunta qué es leve o grave. La regla práctica: todo lo que pone en peligro vidas o contamina es grave o muy grave.
8. Errores típicos del examen
- Confundir zonas de navegación y titulaciones. Recuerda: PER llega hasta la zona 4 (12 millas), no más.
- Decir que se pueden tirar aguas sucias «lejos de la costa». Depende: sin tratar, solo fuera de 3 millas; en zonas protegidas, nunca.
- Confundir la bandera Alfa con la roja-blanca diagonal. Alfa = buzos; roja-blanca diagonal = esquí acuático/bañistas remolcados.
- Decir que 3 nudos es la velocidad máxima en toda zona de baño. Dentro del canal balizado sí; fuera del canal no puede entrar ninguna embarcación de recreo salvo las exceptuadas.
- Olvidar que el seguro es obligatorio a partir de la potencia mínima del motor (sí, incluye semirrígidas con fueraborda pequeño).
9. Dónde encaja la legislación con el resto del temario
La legislación es el marco. Es la estructura sobre la que se montan todos los demás temas, aunque no lo parezca. Cuando en el examen te preguntan si puedes salir con fuerza 7, la respuesta no es solo meteorológica — también es legal: tu seguro puede no cubrirte, tu despacho indica una zona, y el equipo que llevas tiene que cumplir lo que marca la norma para esa zona.
Todo el tema de chalecos, balsas, bengalas y aros salvavidas que exige la normativa según la distancia a la que navegues está desarrollado en Seguridad en la mar. Las zonas de navegación que acabas de estudiar aquí son las que determinan qué equipo es obligatorio y cuál no. Van de la mano.
Luego hay una conexión directa con el balizamiento: las boyas amarillas que delimitan zonas de baño, los canales de entrada balizados donde no puedes pasar de 3 nudos, las marcas especiales de zonas militares — todo eso lo reconoces por su forma y color en Balizamiento y RIPA. La ley dice «resguardo 200 metros a playa no balizada», pero para saber si una playa está balizada tienes que reconocer las marcas.
Y una cosa que siempre olvidan los alumnos: la licencia de la estación radioeléctrica es documentación obligatoria a bordo si llevas VHF instalada. Todo lo del uso legal de la radio, los canales, cuándo puedes y cuándo no emitir, está en Radiocomunicaciones. La multa por usar la VHF sin licencia es de las gordas.
Si quieres machacar estas preguntas hasta que salgan solas, métete en el simulador de test de legislación. Cada intento mezcla preguntas distintas del histórico oficial.
Preguntas reales que han caído (legislacion)
Estas son las preguntas de examen oficial de este tema que más veces se repiten en las convocatorias reales 2015-2026. Todas están extraídas del histórico público de la Dirección General de la Marina Mercante y de las convocatorias de CCAA. Son las que tienes que dominar sí o sí.
Si quieres hacer un test aleatorio solo de preguntas de este tema, pulsa en Test del tema. Cada intento mezcla preguntas verificadas distintas del histórico.
Practica este tema
Pon a prueba lo aprendido con preguntas reales de convocatorias oficiales del Patrón de Embarcaciones de Recreo.
Hacer test del temaEjemplo de preguntas de examen
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¿Qué sucede cuando de forma significativa aumentamos pesos en la cubierta de intemperie, situada por encima del centro de gravedad de la embarcación?
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¿Cuál es la definición de temperatura?
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Al navegar en una zona de visibilidad reducida:
Explicación
Según las Reglas 19 y 35 del RIPA, en visibilidad reducida hay que encender luces, tener máquinas listas y emitir señales fónicas. Todas son correctas.
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Indique cuál de las siguientes afirmaciones es CORRECTA.
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En relación con el uso de las Marcas Cardinales, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA?