# Seguro de barco y embarcaciones de recreo: coberturas y precio

> Fuente: MundoBarco — https://mundobarco.com/seguros
> Seguro de barco: qué es obligatorio, coberturas a terceros, ampliado y todo riesgo, y qué influye en el precio. Te ponemos en contacto con una correduría.
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Seguro barco · embarcaciones de recreo

## Seguro de barco y embarcaciones de recreo: las coberturas que necesitas, al mejor precio

Un seguro de barco no se elige por precio, sino por lo que cubre el día que lo necesitas. Déjanos tu teléfono y una correduría especializada en náutica estudiará tu embarcación, tu zona y tu forma de navegar para proponerte las coberturas adecuadas.

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Revisado por [Vicent Ferrer, Capitán de Yate](https://mundobarco.com/sobre-nosotros) · Actualizado 10/2026

Obligatorio

para todo barco a motor, motos de agua y veleros de más de 6 m

120.202 €

mínimo legal por víctima en daños personales

96.161 €

mínimo por siniestro en daños materiales a terceros

24 h

te llama la correduría (días laborables)

## ¿Qué embarcaciones tienen que tener seguro obligatorio?

Toda embarcación de recreo propulsada a motor, sea cual sea su potencia, las motos náuticas y las embarcaciones sin motor de más de 6 metros deben tener un seguro de responsabilidad civil, según el Real Decreto 607/1999 (art. 2).

Quedan fuera las embarcaciones sin motor de 6 m o menos (kayaks, piraguas, tablas de paddle surf, vela ligera), aunque también conviene asegurar su responsabilidad civil. Navegar sin el seguro obligatorio es una infracción grave (art. 5).

El seguro obligatorio cubre como mínimo **120.202,42 € por víctima** , con un máximo de 240.404,84 € por siniestro, en daños personales, y **96.161,94 € por siniestro**  en daños materiales a terceros (art. 8). A bordo debe llevarse el justificante del seguro en vigor. Más información: Ministerio de Transportes, modalidades de seguro.

> ### Los mínimos legales se quedan cortos
> 
> En un accidente con heridos, los límites obligatorios se agotan pronto y el resto lo paga el propietario. Además, el seguro obligatorio no cubre las lesiones del patrón ni los daños a tu propio barco (art. 7). Por eso suele ser recomendable ampliar la póliza.

## ¿Qué cubre el seguro de embarcaciones?

Depende de la modalidad. La responsabilidad civil obligatoria solo cubre los daños a terceros; el seguro ampliado añade defensa jurídica, robo o asistencia, y el todo riesgo cubre además los daños a tu propio barco.

### Seguro de barco a terceros

Es la responsabilidad civil obligatoria: daños personales y materiales que tu embarcación cause a otros, dentro de los límites legales.

- Daños a terceros (mínimos legales)
- Defensa jurídica
- Robo, incendio, asistencia
- Daños a tu propio barco

**Recomendado para:**  Embarcaciones de poco valor

La más habitual

### Seguro ampliado

Sube los límites de responsabilidad civil y añade garantías como defensa jurídica, robo, incendio, asistencia en el mar o accidentes de los ocupantes.

- Daños a terceros con límites más altos
- Defensa jurídica
- Robo, incendio, asistencia (opcionales)
- Daños a tu propio barco

**Recomendado para:**  La mayoría de barcos de recreo

### Seguro de barco a todo riesgo

Cubre también los daños a tu propio barco: varada, abordaje, temporal, hundimiento. Es la modalidad recomendada para barcos de valor, financiados o nuevos.

- Daños a terceros
- Defensa jurídica
- Robo, incendio, asistencia
- Daños a tu propio barco

**Recomendado para:**  Barcos de valor, financiados o nuevos

Ver la comparativa completa de coberturas

| Cobertura | A terceros | Ampliado | Todo riesgo |
| --- | --- | --- | --- |
| Daños a terceros | Mínimos legales | Límites más altos | Sí |
| Defensa jurídica | — | Sí | Sí |
| Robo del barco o del motor | — | Opcional | Sí |
| Daños propios (varada, abordaje, temporal) | — | — | Sí |
| Incendio | — | Opcional | Sí |
| Asistencia y remolque | — | Opcional | Sí |
| Accidentes de los ocupantes | — | Opcional | Sí |
| Recomendado para | Embarcaciones de poco valor | La mayoría de barcos de recreo | Barcos de valor, financiados o nuevos |

Al comparar pólizas, revisa los límites, las franquicias y las exclusiones, no solo la prima. Dos pólizas «a todo riesgo» pueden cubrir cosas muy distintas.

## ¿Qué no cubre el seguro de un barco?

Las exclusiones cambian según la póliza. Estas son de las más habituales:

- Navegar sin la titulación exigida o bajo los efectos del alcohol o las drogas.
- Usar el barco para algo distinto a lo declarado, por ejemplo alquilarlo con una póliza de uso privado.
- Navegar fuera de la zona declarada en la póliza.
- Daños por desgaste, falta de mantenimiento u ósmosis.
- Participar en regatas sin el seguro especial que exige el reglamento (art. 3.2).

Por eso es importante declarar con exactitud cómo y dónde navegas.

## ¿Cuánto vale el seguro de una embarcación?

El precio depende sobre todo de la eslora, el valor del barco, la zona de navegación y las coberturas. Lo importante es saber qué estás pagando y si te cubre lo que necesitas.

### Eslora y tipo

De embarcación: no cuesta lo mismo una neumática que un crucero de 12 m.

### Valor del barco

Determina la prima en el todo riesgo.

### Zona de navegación

Y puerto base donde pasa el año.

### Uso

Privado, alquiler o chárter.

### Patrón

Titulación y experiencia de quien lo gobierna.

### Límites y franquicia

Las coberturas elegidas y lo que pagas tú en cada siniestro.

### ¿Cuánto cuesta el seguro de un barco de 6 metros?

Para una lancha o un velero de 6 m, la diferencia entre asegurarlo a terceros o a todo riesgo depende sobre todo del valor del barco y de la zona. El precio exacto te lo calcula la correduría tras estudiar tu caso.

Para ver el seguro dentro del gasto total del barco, usa la [calculadora de costes anuales](https://mundobarco.com/costes): amarre, seguro, mantenimiento, antifouling e ITB por zona y eslora.

## Seguro según tu embarcación

Cada tipo de barco tiene sus riesgos. Esto es lo que conviene revisar en cada caso.

### Velero →

RC obligatoria a partir de 6 m. En todo riesgo hay que comprobar si cubre aparejo, velas y regatas.

### Lancha y barco a motor

RC obligatoria. Comprueba la cobertura de robo del motor fuera borda.

### Moto de agua →

RC obligatoria. Si la destinas a alquiler, necesitas una póliza específica.

### Neumática y semirrígida

Muy expuestas a robo, tanto de la embarcación como del motor. Revisa esa garantía y sus condiciones de custodia.

### Barco de pesca recreativa

Incluye en la póliza los accesorios y el equipo de pesca.

### Kayak y paddle surf

Sin seguro obligatorio, aunque puedes asegurar la responsabilidad civil.

Consulta la ficha técnica de tu barco entre los [más de 2.400 modelos de MundoBarco](https://mundobarco.com/buscar).

## ¿Qué documentación es obligatoria a bordo?

A bordo debes llevar, como mínimo, el justificante del seguro en vigor, la documentación de la embarcación y la titulación del patrón.

- Justificante del seguro de responsabilidad civil en vigor.
- Certificado de navegabilidad.
- Documentación de registro de la embarcación.
- Titulación del patrón.
- Licencia de estación de radio, si llevas VHF.

## Comprar o vender un barco: qué pasa con el seguro

Si compras un barco de segunda mano, confirma con el vendedor y con su aseguradora qué ocurre con la póliza en vigor. Lo habitual es contratar una póliza a tu nombre antes de salir a navegar, también para el traslado al nuevo puerto.

1. Cambio de titularidad en Capitanía Marítima.
2. Seguro a tu nombre desde el día de la compra.
3. Certificado de navegabilidad en vigor.
4. Amarre.

Si vendes tu barco, comunica la venta a tu aseguradora.

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MundoBarco facilita tu contacto a una correduría de seguros colaboradora, inscrita en el Registro de la DGSFP.

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La correduría te llama y te presenta opciones de varias aseguradoras náuticas.

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> - **Tus datos**  solo se usan para esta solicitud.

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## Preguntas frecuentes

¿Cuándo tendré el seguro de mi embarcación?

Una vez elegida la póliza, la cobertura puede activarse con rapidez. La correduría te indicará el plazo exacto.

¿Se puede navegar sin seguro de responsabilidad civil?

No, si tu embarcación está obligada. Te expones a una sanción y respondes de los daños a terceros con tu patrimonio.

¿Es obligatorio el seguro para un velero?

Sí, si mide más de 6 metros de eslora o si lleva motor, sea cual sea su potencia.

¿En qué zonas puedo navegar con mi seguro?

En la zona declarada en la póliza. Si cambias de zona o navegas en aguas de otro país, comprueba que esté cubierto.

¿Existe un seguro de barco a todo riesgo?

Sí. Además de la responsabilidad civil, cubre los daños a tu propio barco, el robo y el incendio, según las condiciones de cada póliza.

¿Puedo asegurar mi barco solo por días o meses?

Algunas aseguradoras ofrecen pólizas temporales, útiles para temporadas cortas o para trasladar el barco.

¿Me cubre el seguro si presto el barco?

Depende de la póliza: algunas cubren a cualquier patrón con la titulación adecuada y otras solo a los patrones designados.

¿Puedo cambiar de seguro antes de que venza?

Lo habitual es cambiar en la renovación, avisando con antelación a la aseguradora actual. Indícalo al pedir el estudio para que la correduría lo prepare a tiempo.

> MundoBarco no es una correduría ni un agente de seguros y no asesora ni comercializa seguros. Con tu consentimiento, facilita tus datos de contacto a una correduría de seguros inscrita en el Registro de distribuidores de seguros de la DGSFP, que es quien te asesora y te presenta las ofertas. La información de esta página es orientativa y no sustituye a las condiciones de cada póliza.
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> MundoBarco puede recibir una compensación por esta derivación. Esto no afecta a los datos técnicos ni a las comparativas del resto del sitio.

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